10 de Diciembre

 


El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, documento en que se asientan principios morales, garantías fundamentales y derechos inalienables de todas las personas que habitan este mundo. El documento, que tiene carácter internacional, cuenta con un preámbulo y treinta artículos en total, los cuales atienden a aspectos cívicos, políticos, morales, éticos, económicos, sociales y culturales, son considerados básicos para el óptimo desarrollo de los seres humanos.

Esta Declaración encuentra su origen y principales motivos luego de la Segunda Guerra Mundial, cuando se cometieron secuestros, torturas, persecuciones y asesinatos masivos, sin embargo, sus antecedentes o fuentes legales y normativas pueden encontrarse en los albores del siglo XVII; en Inglaterra, con la incorporación del recurso y ley del hábeas corpus y posteriormente con la Declaración de Derechos (Bill of Right), y en Francia, ya en el siglo XVIII, luego de la Revolución Francesa y su posterior Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano.

Si bien la Declaración no tiene carácter obligatorio para los países del mundo, lo cierto es que funciona bajo un espíritu orientador para la comunidad internacional, a la vez que lo hace como una exhortación ética y moral a los Estados del mundo en relación a la disposición y reglamentación de sus poblaciones con el objetivo de mejorar sus calidades de vida y aumentar sus posibilidades de desarrollo. En el caso particular de Argentina, incluye la Declaración y le da jerarquía constitucional a partir de la reforma de 1994. De esta manera, nuestra Constitución sitúa la Declaración Universal de Derechos Humanos —junto con otros tratados y normativas internacionales—, en la misma jerarquía que tiene la propia Constitución.

Esta fecha, que es celebrada desde 1950 y que conmemora y recuerda la sanción de esta Declaración, tiene por objetivo reforzar la conciencia mundial y generar nuevas instancias de difusión y formación de los pueblos respecto de la necesidad de convenios, tratados y normativas internacionales a través de los cuales pueda vigilarse el buen proceder de gobiernos y de las fuerzas armadas con las que éstos ejercen el poder coactivo. Así, la Declaración Universal de Derechos Humanos es el cuerpo legal al cual pueden apelar las poblaciones y los Estados del mundo en posibles casos de violaciones a la integridad de los ciudadanos del mundo, ya sea en su aspecto moral, libertad física y de pensamiento o culto, posibilidades de libre circulación, etc., de manera que podrían considerarse como la fuente a la cual acudir una vez agotadas las instancias y documentos legales básicos y fundamentales dispuestos por cada Estado.



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